¡Tenía pepa la calabaza!

Tropiezos de Schiantarelli y Tan en el IPD

Informe de Contraloría sobre el IPD en el cual halló "responsabilidad administrativa funcional" en Eduardo Schiantarelli durante su pasada gestión como titular del IPP. Ahora se le vuelve a vocear para el cargo.
Por diferentes motivos, a ambos la Contraloría General de la República los encontró con “responsabilidad administrativa funcional”. Así figura en el informe N° 151-2006-CG/SSO Verificación de la Utilización de los Recursos en el Mejoramiento de la Calidad del Deporte Nacional.


Por Wilder Buleje

El informe 151-2006-CG/SSO de la Contraloría General de la República (CGR) -denominado Examen Especial al Instituto Peruano del Deporte (IPD): Verificación de la utilización de los recursos en el mejoramiento de la calidad del deporte nacional- encontró responsabilidad administrativa funcional en Jesús Eduardo Schiantarelli Sormani, presidente ejecutivo del IPD, en el periodo 1 de enero 2002 al 19 de SET 2003.

La conclusión responde al hecho que Schiantarelli -según la CGR- aprobó una directiva por la cual se pagó directamente con recursos públicos asignados al IPD el beneficio de ‘racionamiento’ durante el periodo 2003.

El documento puntualiza: “cuyo otorgamiento carece de la aprobación del MEF a que se refiere el artículo 52° de la Ley 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, y se transgrede los lineamientos establecidos por el DU N° 088-2001; habiendo omitido el cumplimiento de sus funciones de “d. Administrar los recursos del IPD” y h. “Emitir directivas y resoluciones en el marco de lo dispuesto en la Ley…”.

La figura del “racionamiento” contemplaba pagos a los trabajadores de una entidad estatal con las transferencias efectuadas a los Fondos de Asistencia y Estímulo, así como los pagos realizados a los trabajadores bajo los conceptos de incentivos y estímulos.

En el caso específico del IPD la CGR señala que eso pagos se efectuaron “sin que se haya proporcionado documentación que revele la regularización, así como la ejecución de actuados administrativos orientados a efectuarla, hecho que es corroborado con los comentarios y/o aclaraciones presentadas, en los cuales los partícipes no argumentan la existencia de regularización alguna respecto del ‘racionamiento’”.

Además de Schiantarelli, la CGR también encontró responsabilidad administrativa funcional en cuatro funcionarios más de su gestión: Miguel Ángel Ramos – Murga Rodríguez (gerente general), Julio César Luque Maldonado (jefe de la oficina de Planificación y Planeamiento), Ana Victoria Muñoz Rueda (jefe de la oficina general de administración 1 ENE 2002 a 7 MAY 2002), Francisco Espinoza Sánchez (jefe de la oficina general de administración 28 SET 2002 a 30 SET 2003).

Además, según la propia CGR, Eduardo Schiantarelli y otros, “han incurrido en responsabilidad administrativa funcional por incumplir sus funciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 21° inciso a) y b) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada por Decreto Legislativo N° 276 donde indica que son obligaciones de los servidores: inciso a) ‘Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público’ y b) ‘Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos’…”.

Eduardo Schiantarelli y Juan José Tan llegaron juntos al IPD en 2001. El primero como presidente ejecutivo y el segundo como director de recreación y promoción del deporte.

LLAMADAS A CELULARES AL POR MAYOR


Por su parte Juan José Tan Cantinet (director nacional de recreación y promoción del deporte 25 ENE 2001 a 1 ENE 2004) también registra “responsabilidad administrativa funcional” -al igual que otros once funcionarios más del IPD- por un tema de uso de los teléfonos institucionales para llamadas a celulares.

“Las aclaraciones presentadas por los doce (12) funcionarios corresponden a justificaciones, sin aportar elementos de juicio que contradigan los aspectos cuestionados, siendo oportuno recordar que no es materia de observación el uso de telefonía local y nacional, que efectuaron aclaraciones sin acompañar documentación que respalde haber obtenido aprobación de la gerencia general o de la secretaria general y Directiva citada en la presente observación se encuentra en la página web del IPD, a la cual se tiene acceso público”.

Como se recuerda en aquella época las tarifas a celulares tenían altos precios y se pagaban por minuto consumido. De acuerdo con el reporte de la CGR de una facturación por 203,698 soles (2004 y 2005) las llamadas a celulares totalizaron 116,753 soles, “siendo de advertir que desde líneas telefónicas prohibidas de hacer llamadas a celulares se efectuaron sin contar con autorización de la gerencia general por el importe de 32,936 soles”. El monto por llamadas autorizadas a celulares alcanzó en ese mismo lapso la suma de 83,817 soles.

Como se recuerda Juan José Tan llegó al IPD de la mano de Eduardo Schiantarelli cuando el desaparecido Valentín Paniagua lo puso al frente del ente rector del deporte. Tan continuó en la siguiente administración, encabezada por Iván Dibos.

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